Trust Center

Transparencia exigible.

Como organismo de evaluación de la conformidad acreditado, publicamos la información que nuestro marco normativo exige: acreditación, normas de referencia, procedimiento de certificación, tarifas y vías de reclamación. La documentación interna del sistema de gestión se facilita a los clientes en el marco del contrato de certificación.

Acreditación

Certicar (marca CerteIDAS) está acreditada por ENAC para la evaluación de la conformidad de prestadores cualificados de servicios de confianza y de los servicios cualificados que prestan conforme al Reglamento eIDAS.

Tipos de evaluación

Alcances y procedimientos de las evaluaciones de conformidad que realizamos.

  • Evaluación inicial para la cualificación;
  • Evaluaciones de recertificación (bianuales);
  • Evaluaciones de seguimiento (anuales, en los años en que no hay recertificación);
  • Evaluaciones de extensión de alcance;
  • Evaluaciones conforme a eIDAS 2.0 (nuevos servicios cualificados, cartera europea de identidad digital, atestaciones electrónicas de atributos).

Procedimiento de certificación

El procedimiento de certificación (PG-14) describe las fases de la evaluación, los criterios de decisión, la emisión del certificado y del informe de evaluación de la conformidad, y las condiciones de vigilancia, suspensión y retirada. Publicamos un resumen; el procedimiento completo y la documentación del sistema de gestión se entregan al cliente con el contrato.

Entidades evaluadas

Los prestadores cualificados de servicios de confianza evaluados por CerteIDAS figuran, con su estado, en la lista de confianza de la Unión Europea.

Consultar la EU Trusted List →

Registro de certificados emitidos

Reclamaciones y apelaciones

Cualquier persona u organización puede presentar una reclamación sobre la actividad de CerteIDAS o interponer una apelación contra una decisión de certificación. Se tramitan conforme a nuestro procedimiento de tratamiento de reclamaciones (PG-08), con acuse de recibo en 5 días hábiles y resolución en 30 días.

Presentar una reclamación o apelación →

¿Alguna duda sobre nuestra acreditación o nuestros procedimientos?